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La Inquisición medieval, o mejor dicho, la Inquisición Pontificia o Papal, aparece durante el pontificado de Gregorio IX (siglo XIII) para investigar y juzgar las herejías en un mundo donde la autoridad civil como la autoridad religiosa se ayudaban mutuamente [1]. Hasta entonces las herejías dependían de los obispos.
Dicho pontificado coincidió con el mandato de Federico II. El emperador fue un duro perseguidor de las herejías, utilizando la hoguera como pena máxima; esta pena era y fue siempre un castigo civil. El Papa lo excomulgó ya que creía que
era el Anticristo.
Por interés o
por benevolencia, Gregorio IX acabó tomando cartas en el asunto de las herejías ya que algunos obispos se vieron
desbordados y otros, o eran demasiado benevolentes o abusaban
en sus sentencias [2].
En "Ille humani generis" manda que fueran frailes dominicos y franciscanos quienes se ocuparan de estos asuntos (enfrentándose a aquellos obispos locales que condenaban a su antojo
sin juicio previo y de forma masiva), y en "Excommunicamus universos
haereticos" decretó que aquellas personas condenadas por la Iglesia
fueran entregadas al tribunal secular
para que fueran castigadas con la pena correspondiente a su pecado. Pero las
herejías siguieron aumentado. Este tipo de tribunal se extenderá por casi toda
Europa.
Este tribunal inquisitorial trajo algo que hasta ese momento no se había visto en ningún otro tribunal de justicia: el inquisidor, además de ser juez, también inquiría, es decir, indagaba, o examinaba cuidadosamente el caso antes del juicio: por primera vez hay una investigación preliminar. Sin embargo se aceptaba el secreto sobre los acusadores y testigos y no se admitía defensores.
En la Península sólo llega hasta
la Corona de Aragón. El arzobispo de Tarragona ("Declinante"), será el encargado de organizar la Inquisición
por medio de la orden de los Predicadores. Los estudios que se han hecho sobre
su actuación en esta zona indican que apenas hubo acciones restrictivas, y
ninguna con pena civil del fuego.
Ahora vamos a hablar sobre el significado y el valor de las confesiones y del término diffamatio. Es muy importante conocer ambas cosas para entender las costumbres religiosas de aquellos años y, por tanto, la mentalidad de sus gentes:
La Iglesia predicaba, enseñaba y corregía.
Sobre todo a aquellas personabas que se obstinaban en su error. Desde el comienzo del cristianismo
la comunidad debía reunirse y expresar sus faltas, desde las más ligeras hasta
las más graves. En la Edad Media, en los pueblos y localidades, si había un
clérigo, se reunía a la población en la iglesia, o en la plaza de no caber en
ella, y se pronunciaba un sermón en el que se instaba al arrepentimiento de los
pecados, luego había un tiempo de gracias durante el cual los pecadores debían
de confesar sus errores y pedir el perdón públicamente (la confesión siempre
era colectiva, no como hoy en día que es individual). Al pecador se le absolvía
del mismo y dependiendo de la gravedad se le aplica una penitencia. En caso de
ausencia de un clérigo (que era lo habitual) estaban las visitas diocesanas itinerantes
que hacían lo mismo. En cuanto al diffamatio
(delación) entre las primeras comunidades de cristianos, si uno pecaba y no
aceptaba la reprimenda de una persona que sabía de su pecado, este último lo
tenía que dar a conocer a la comunidad para evitar que esa alma no se salvara.
En el caso de sospecha de
herejía acudía un tribunal de la Inquisición conducido por un dominico o franciscano.
Confirmada la herejía, se encarcelaba
y se juzgaba al hereje. El castigo iba desde ir a las cruzadas, asistir a la
iglesia en determinadas ocasiones, hacer ayunos, destierro, etc [3]. El pueblo aceptaba estos
castigos como algo necesario para mantener el orden social, sobre todo sus
valores religiosos.
Será
el Papa Inocencio IV, como medio de
prueba, quien acepta el uso de la tortura [4].
A finales del siglo XIII la Inquisición
queda en estado de letargo.
En
el siglo XIV parece ser que se dan
algunas condenas [5] y la Inquisición Pontificia de Aragón se divide en dos [6] : habrá
dos inquisidores generales que nombrarán y enviaran inquisidores a donde haya
focos de herejía.
A
finales de este siglo la Inquisición, por primera vez, juzgará a judaizantes. Pero sobre ellos hablaremos en otra entrada.
[1] Realmente la lucha contra las herejías comienza con Inocencio III: quiere acabar
con los herejes del sur de Francia, son una amenaza para la cristiandad, pero
también en los condados occitanos se empieza a tener ideas propias, una
aspiración de "independizarse", lo
que será inaceptable para una determinada nobleza (como ya hemos comentado, religión y política siempre
iban unidas). Es necesario acabar con la autoridad de algunos nobles y reemplazarla por una autoridad más ortodoxa
y ajena a los poderes políticos locales. Los condados heréticos serán integrados con los del
norte por la fuerza, y la Inquisición, ya con Gregorio IX, ayudará a ello. («La política antiherética del nuevo
papa combinó la diplomacia, la persuasión y la presión a diferentes niveles En
el campo jurídico, allanó el camino hacia la Cruzada en dos medidas
fundamentales: por un lado, el derecho de confiscación de los bienes de los
herejes, fijado en el III Concilio de Letrán (1179), se amplió a sus cómplices,
lo que ponía en el disparadero a la nobleza occitana (22 abril 1198); por otro,
la legislación canónica se endureció aún más al introducir la herejía en el
ámbito del derecho público -decretal Vergentis
in senivm (1199)-, lo que hizo del hereje, en tanto que culpable del crimen
de lesa majestad, un reo de alta traición.»
http://biblioteca.ucm.es/tesis/19972000/H/0/H0036904.pdf)
[2] Anterior a la inquisición pontificia estaba la que ejercían los obispos y los
jueces civiles, estos últimos sin piedad ninguna, que acudiendo a aquellos
lugares donde se daban.
[3] Lo fundamental no era reprimir, sino que el hereje se retractara y así salvar
su alma.
[4] La tortura se practicaba desde siempre en los tribunales de justicia civiles.
[5] No se conocen los motivos de dichas condenadas.
[6] Un tribunal actuará en la corona de Aragón y el otro en Valencia y Baleares.
[5] No se conocen los motivos de dichas condenadas.
[6] Un tribunal actuará en la corona de Aragón y el otro en Valencia y Baleares.
Bibliografía (una pequeña muestra de las obras consultadas):
- Emilio Mitre Fernández, Cristina Granda: Las grandes herejías de la Europa cristiana, 380-1520.
- http://blogs.periodistadigital.com/encristiano.php/2006/06/23/reflexiones-en-torno-a-la-inquisicion-i
- Martín Alvira Cabrer: La Cruzada contra los Albigenses: historia, historiografía y memoria.
- José Sánchez Herrero: Los orígenes de la Inquisición medieval.
- L. J. Sackville: Heresy and Inquisition in the Middle Ages. Heresy and Heretics in the Thirteenth Century.
- Sergi Grau Torras: Historiografía del catarismo en Cataluña: Estudios y documentos (SIGLO XIII)
- Henry Kamen: Cómo fue la Inquisición. Naturaleza del Tribunal y contexto histórico.
- Nihil Obstat: Luces y sombras de la Iglesia.
- Mercedes López Picher: Magia y Sociedad en Castilla en los Siglos XVI y XVII.
- Maqueda Abreu, Consuelo : El auto de fe.
- Fernández Conde, Francisco Javier: La religiosidad medieval en España.
- Josep Baucells i Reig: Vivir en la edad media: Barcelona y su entorno en los siglos XIII y XIV.
- http://www.iglesiareformada.com/Menendez_3_4_Historia_Heterodoxos_espanoles.html
- Sergi Grau Torras, Eduard Berga Salomó, Stefano M. Cingolani: L’Herètica Pravitat a la Corona d’Aragó: documents sobre càtars, valdesos i altres heretges (1155-1324).
No habia amor al prójimo, sino odio.
ResponderEliminarHabía amor y odio al prójimo. Antes y hoy.
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