viernes, 18 de octubre de 2019

Brujería y la Inquisición española: una cacería que no fue tal.



Desde el siglo VI la Iglesia condena moralmente la brujería, incluyendo numerosas supersticiones paganas (pese a ello, algunas han llegado hasta nuestros días).

En el siglo XI Gregorio VII exhorta a enseñar al pueblo que las desgracias eran voluntad de Dios y no de supuestas brujas. Se pide que la gente realizara penitencias para complacerle.

Hasta el siglo XIII se castigó a los que practicaban la brujería con rezos y penas monetarias.

En este siglo se distingue entre:

1. Magia natural, que era permitida y compatible con la religión y las ciencias. Utilizaban las propiedades desconocidas, de por ejemplo la astrología, minerales o de las plantas, para conocer los mecanismos de la naturaleza que escapan al conocimiento racional.

2. Nigromancia, brujería o hechicería, que estaba prohibida. La invocación a los espíritus/demonios por medio de ritos o sortilegios utilizando fórmulas como “te suplico”, “te ruego”, “te pido” se consideraban adoración. De ahí que acabó siendo una herejía.
No así cuando se utilizaban formulas como  “te apremio”, “te ordeno”,… según el Manual de Inquisidores, 1376, de Nicolau Eymeric.

En el siglo XV aparecen tratados de demonología y el famosísimo Malleus Maleficarum, 1487, escrita por dos dominicos alemanes. La Inquisición española hace oídos sordos a este libro.

En las primeras décadas del siglo XVI, tras un auge de la brujería, la jerarquía española del Santo Oficio envía instrucciones para moderar sus actuaciones.

En 1526 el Consejo de la Inquisición reúne a teólogos y juristas para tratar de discernir si la brujería era inspirada por el demonio o si era efectos de una imaginación enfermiza. Finalmente dudan de las realidades de los aquelarres y de los contactos diabólicos.

En 1546, otro Consejo estima que el uso de ungüentos (alucinógenos) junto con cierta clase de locura pueden ser los causantes de la creencia de los vuelos, los encuentros con el demonio y las visiones sobrenaturales.

Entre 1609-1612 se suceden varias persecuciones por brujería. Será una denuncia ante la Inquisición la que desate la caza en Zugarramurdi y otras localidades vascas. Veintinueve personas fueron sentenciadas por brujería en el famoso auto de fe de Logroño del 7 y 8 de noviembre de 1610. Tras este auto de fe tuvieron lugar nuevas cacerías, pero… ahora tengo que hablar del inquisidor Alonso de Salazar y Frías que votó en contra de condenar a una de las reas en el auto de Logroño por falta de pruebas. Tras el auto decidió estudiar los casos de los otros condenados y dudó de su culpabilidad. Esto dio lugar a que otros clérigos secundaran la idea de que los casos de brujería que se estaban dando se debían a supersticiones e incultura. 
Finalmente en 1611 el Consejo inquisitorial mandó a Salazar y Frías a Navarra para que investigara. Viajó durante ocho meses. Descubrió falsas acusaciones. En 1613 concluyó que los fenómenos de brujería eran patrañas inverosímiles y grotescas. 

En el informe final el inquisidor escribió lo siguiente:

    «Cometimos culpa el tribunal… [al no reconocer] la ambigüedad y perplejidad de la materia. Cometimos [defectos] en la fidelidad y recto modo de proceder… en que no escribíamos enteramente en los procesos circunstancias graves… ni las promesas de libertad que les hacíamos, careaciones entre sí… y otras sugerencias para que acabasen de confesar toda la culpa que queríamos, reduciéndonos nosotros mismos a escribir sólo para llevar mayor consonancia de hacerlos culpados y delincuentes. Tanto que también por esto dejamos de escribir muchas revocaciones

El número de personas ajusticiadas por brujería durante toda la existencia de la Inquisición española baila entre 49 y 70.




Bibliografía:

  • La Inquisición y las brujas, G. Henningsen.
  • El abogado de las brujas: brujería vasca e inquisición española, G. Henningsen.
  • Hechicería y brujería en Andalucía en la Edad Moderna. Discursos y prácticas en torno a la superstición en el siglo XVIII, R. Alamillos Álvarez.
  • La magia en la Edad Media, R. Kieckhefer. 
  • Las brujas y su mundo, J. Caro Baroja.
  • Frígidos y maleficiados. Las mujeres y los remedios contra la impotencia en la Edad media, Moral de Calatrava.
  • Mujeres solas y brujería en la Navarra de los siglos XVI y XVII, Nausia Pimoulier.
  • The witch’s familiar in 16th-century england, Rose Milla.r.
  • The Woman-as-witch stereotype in Early Modern Europe, Continental Europe and New England, Freitas Gonçalves.
  • Historical Dictionary of Witchcraft, Bailey.
  • Beyond the with trials, varios autores.
  • Witchcraft and Magic in 16th and 17th-Century Europe, G. Scarre.
  • Brujas e inquisidores en la América colonial (1569-1820), J. Blázquez Miguel.
  • Brujas andinas. La Inquisición en Argentina, Alicia Poderti.
  • La caza de brujas en la Nueva España: Monclova, Coahuila, 1748-17531, Cecilia López Ridaura.
  • La caza de brujas en la Europa moderna, Brian P. Levack.
  • Perspectivas historiográficas: mujeres indias en la sociedad colonial hispanoamericana, Mª Teresa Díez Martín.
  • La América de Carlos IV: cuadernos de investigaciones y documentos, Varios autores.
  • Las brujas en la historia de España, Carmelo Lisón Tolosana.
  • Demonios, magos y brujas en la España moderna, Arturo Morgado García. 
  • Inquisición y Hechicería los procesos inquisitoriales de hechicería en el tribunal de Toledo durante la primera mitad del siglo  XVII, M.  Luz de las Cuevas Torresano.
  • Mujeres procesadas por el tribunal del Santo Oficio de Granada, María Isabel Pérez de Colosía.
  • PARES | Archivos Españoles (mcu.es)
  • El abogado de las brujas: Javier Santamarta
  • Hechicería y brujería en Andalucía en la Edad Moderna. Discursos y prácticas en torno a la superstición en el siglo XVIII (uco.es)
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